martes, 21 de julio de 2009

GOLPE BAJO A LOS DD.HH.


La Cámara Nacional de Casación Penal le concedió la excarcelación a los represores Joaquín Guil, Juan Carlos Alzugaray, Jorge Héctor Zanetto y Rafael Mariano Braga, bajo caución no juratoria, es decir que deben pagar una fianza.

Los magistrados, para tomar esta medida se remitieron al fallo plenario “Díaz Bessone” dictado en octubre de 2008 en donde se fijó la siguiente doctrina: “No basta en materia de excarcelación o eximición de prisión para su denegación la imposibilidad de futura condena de ejecución condicional, o que pudiere corresponderle al imputado una pena privativa de la libertad superior a ocho años (arts. 316 y 317 del C.P.P.N.), sino que deben valorarse en forma conjunta con otros parámetros tales como los establecidos en el art. 319 del ordenamiento ritual a los fines de determinar la existencia de riesgo procesal”.

Alzugaray contaba con prisión preventiva en dos causas: en la segunda parte de la investigación del fusilamiento de 12 presos políticos en las cercanías de Palomitas, y en la que se investiga el homicidio del militante justicialista Eduardo Fronda.
Fuente: El Intransigente

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