viernes, 29 de mayo de 2009

ANALIZAN SANCIONES POR VIOLAR EL PLAZO PARA LA PROPAGANDA POLÍTICA

Segun las actuaciones, Fernando Yarade, Jorge Folloni, Ricardo Gómez Diez y Walter Wayar, habrian incurrdo en violaciones al artículo 64 del Código Electoral Nacional. Este artócilo establece que queda prohibida la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación de sufragio para candidatos a cargos públicos electivos nacionales antes de los treinta y dos (32) días previos a la fecha fijada para el comicio.

Fuente: Nuevo Diario

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